¿Cómo iniciar una sociedad para gestionar un negocio online DropShipping?
20 octubre, 2014
1 Comentario
Lo recomendable es darse de alta en Hacienda o bien como autónomo o bien como sociedad limitada.
Si optas por darte de alta como autónomo, mi recomendación es hacerlo cuando comiences a facturar, esto es, a vender en tu negonio online dropshipping.
Si tu elección es una sociedad, la mejor opción es utilizar servicios como la "Ventanilla Única". Con esta opción tu sociedad estará lista en muy pocas horas, eso si, deberás hacer el desembolso del capital social que no es poco: 3015€, aunque este dinero no lo pierdes, simplemente lo depositas en una cuenta de la empresa y lo tendrás disponible para la acividad.
A traves de "Ventanilla Única" se constituyen sociedades limitadas "nueva empresa" con la denominación slne, que proporcionan ciertas ayudas fiscales y además tienes las ventajas típicas de una sociedad limitada:
- Modalidad apropiada para la pequeña y mediana empresa, con socios perfectamente identificados e implicados en el proyecto con ánimo de permanencia. Régimen jurídico más flexible que las sociedades anónimas.
- La responsabilidad de los socios por las deudas sociales está limitada a las aportaciones a capital, siendo el mínimo de 3000 €
- Libertad de la denominación social.
- Gran libertad de pactos y acuerdos entre los socios.
- Capital social mínimo muy reducido y no existencia de capital máximo.
- No existe porcentaje mínimo ni máximo de capital por socio.
- Posibilidad de aportar el capital en bienes o dinero.
- No es necesaria la valoración de las aportaciones no dinerarias por un experto independiente, tampoco su intervención o la de un auditor en ampliaciones de capital.
- Sin límite mínimo ni máximo de socios.
- Posibilidad de nombrar Administrador con carácter indefinido.
- Posibilidad de organizar el órgano de administración de diferentes maneras sin modificación de estatutos.
- Se puede controlar la entrada de personas extrañas a la sociedad.
- No existe un número mínimo de socios trabajadores.
- Fiscalidad interesante a partir de determinado volumen de beneficio.
- Posibilidad de fijar un salario a los socios que trabajen en la empresa, además de la participación en beneficios que le corresponda.
y sus inconvenientes:
- Restricción en la transmisión de las participaciones sociales, salvo cuando el adquiriente sea un familiar del socio transmitente.
- La garantía de los acreedores sociales queda limitada al patrimonio social.
- Obligatoriedad de llevar contabilidad formal.
- Complejidad del Impuesto sobre Sociedades.
- No hay libertad para transmitir las participaciones.
- Necesidad de escritura pública para la transmisión de participaciones.
- En cuanto a la gestión, mayores gastos que el empresario individual o las comunidades de bienes o sociedades civiles.
- Prohibición de competencia al Administrador, salvo autorización de la Junta.
- Los socios siempre son identificables.
- No puede emitir obligaciones.
- No puede cotizar en Bolsa.
- La falta de ejercicio de la actividad durante tres años consecutivos es causa de disolución.
La gestión de constitución de una sociedad limitada a través del a "Ventanilla Unica" se realiza de manera telemática y sólo en dos pasos:
- Al PAE donde le asesorarán y cumplimentarán el Documento Único Electrónico (DUE) sin necesidad de utilizar formularios en papel.
- A la Notaría, previa cita concertada a través del PAE, para el otorgamiento de la escritura de constitución.
A finales del 2010 se aprobó el Real Decreto-Ley 13/2010, con un conjunto de medidas orientadas a impulsar la competitividad empresarial (Titulo 1 Medidas de impulso a la competitividad empresarial). En concreto en el Artículo 5 (Medidas para agilizar y simplificar la constitución de sociedades mercantiles de capital) se mencionan aquellas que afectan directamente a la creación de empresas.
- Exención del pago del ITP/AJD en la constitución de sociedades.
- Una reducción de los aranceles y los tiempos aplicables a los notarios y registradores para ciertos tipos de sociedades de responsabilidad limitada por vía telemática.
Sociedades creadas vía telemática:
- Para sociedades con un capital social menor de 30.000€ y sin socios jurídicos:
- El notario otorgará la escritura de constitución en el mismo día en el que reciba la certificación negativa de denominación expedida por el Registro Mercantil Central.
- El registrador mercantil procederá a la calificación e inscripción en el plazo de tres días hábiles, a contar desde la recepción telemática de la escritura.
- Se aplicarán como aranceles notariales y registrales, los establecidos en el Real Decreto Ley 13/2010.
- Para aquellas sociedades con capital social inferior a los 3100 euros, sin socios jurídicos y cuyos estatutos se adapten a algunos de los aprobados por el Ministerio de Justicia:
- El notario otorgará la escritura de constitución en el mismo día en el que reciba la certificación negativa de denominación expedida por el Registro Mercantil Central.
- El registrador mercantil procederá a la calificación e inscripción dentro del plazo de las 7 horas hábiles siguientes a la recepción telemática de la escritura.
- Se aplicarán como aranceles notariales y registrales los establecidos en el Real Decreto Ley 13/2010.
Respecto a los estatutos, aprobados por el Ministerio de Justicia para las Sociedades de Responsabilidad Limitada
Orden JUS/3185/2010, de 9 de diciembre, por la que se aprueban los Estatutos-tipo de las sociedades de responsabilidad limitada .
Se requiere que la sociedad ejerza alguna de las siguiente actividades (las cuales deben ser seleccionadas desde el PACDUE)
- Construcción, instalaciones y mantenimiento.
- Comercio al por mayor y al por menor. Distribución comercial. Importación y exportación.
- Actividades inmobiliarias.
- Actividades profesionales.
- Industrias manufactureras y textiles.
- Turismo, hostelería y restauración.
- Prestación de servicios. Actividades de gestión y administración. Servicios educativos, sanitarios, de ocio y entretenimiento.
- Transporte y almacenamiento.
- Información y comunicaciones.
- Agricultura, ganadería y pesca.
- Informática, telecomunicaciones y ofimática.
- Energías alternativas.
- Compraventa y reparación de vehículos. Reparación y mantenimiento de instalaciones y maquinaria.
- Investigación, desarrollo e innovación.
- Actividades científicas y técnicas.
1 Respuesta
Dejar un comentario
Los comentarios se aprobarán antes de mostrarse.
Kerstin
23 agosto, 2015
ASUNTO: PRESENTACIONEstimado Sr/Sra.Por medio de la presente, arevopcho para saludarlo cordialmente y para proceder a presentar ante usted a nuestra empresa.G.P.E (Glass Padel Express) S.L, ubicada en Utrera (Sevilla); somos una empresa especializada en la reposicif3n urgente de vidrios para pistas de pe1del, dando un plazo de reposicif3n me1ximo de 48h, y cuyo e1mbito de trabajo comprende la provincias andaluzas de Huelva, Sevilla, Ce1diz, Me1laga y Cf3rdoba en su totalidad.Contamos con una amplia gama de servicios talos como sustitucif3n e instalacif3n del ce9sped artificial, instalacif3n de pistas nuevas de padel tanto de muro como de cristal, asi como de estructura metalica o de aluminio (producto en exclusividad) mantenimiento de las pistas de padel y reposicion me1xima de 48H de una rotura de vidrio.En caso de estar interesado en nuestros servicios, agradecere9 se pongan en contacto con nosotros en los tele9fonos 652.98.80.99 / 678.601.864 o bien a trave9s de nuestra direccif3n de correo, .Sin otro particular y a la espera de sus noticas, arevopcho la ocasif3n para saludarles muyAtentamenteBorja Muf1oz GonzaloGerente Glass Padel Express S.L.652988099.-